El motivo de la presente ES RECORDARLE, que para el año 2016 quedaran excluidos del sistema de módulos todas las actividades incluidas en las divisiones 3, 4 y 5 de la sección primera de las Tarifas del Impuesto de Actividades Económicas.

Con respecto a los límites establecidos de ingresos 150.000,00 € y 75.000,00 facturados a empresarios y 150.000 € de compras y gastos, estos han sido ampliados por la ley 48/2015 de Presupuestos Generales del Estado para 2016 en las magnitudes de INGRESOS, 250.000,00.- €, 125.000,00 € FACTURADOS A OTROS EMPRESARIOS, y en compras y gastos 250.000,00 €. Esta modificación surtirá efecto para los ejercicios 2016 y 2017 exclusivamente.

Para el Transporte público epígrafes 722 y 757 la magnitud de vehículos se reducirá de 5 a 4 vehículos.

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